San Salvador
Una importante polémica generó en San Salvador, cabecera del departamento homónimo, la sanción de la ordenanza de creación del Juzgado de Faltas Municipal, aprobada por cinco votos contra cuatro durante la sesión del jueves pasado del Concejo Deliberante local.
La norma fue sostenida y finalmente sancionada por los concejales enrolados en el sector del justicialismo que lidera el diputado provincial, Hugo Berthet. El funcionario accedió a una banca por la ex lista 100 –que postulaba a Julio Solanas como candidato a gobernador– mientras que el intendente Hugo Vilhem fue reelecto, también por ese sector del peronismo disidente.
La polémica tiene que ver con que el oficialismo, y especialmente Vilhem que impulsó la sanción de la norma, hizo oídos sordos a las voces que consideraron más prudente esperar los 16 días que restaban entonces para la jura de la nueva Constitución de Entre Ríos, que habilitará a las ciudades con más de 10.000 habitantes -como San Salvador- para sancionar su Carta Orgánica y establecer allí su Justicia de Faltas.
Uno de los puntos más cuestionados por los bloques del Frente Justicialista y del radicalismo fue el referido a la designación del juez, que será nombrado por el Ejecutivo municipal con acuerdo del Concejo Deliberante por simple mayoría de votos. Tampoco se consideró que a partir de la vigencia del nuevo texto constitucional provincial, la adjudicación de la mayoría de los cargos para funcionarios será por concurso.
También generó críticas lo referido a la remuneración del juez de Faltas, ya que la ordenanza aprobada prevé que será determinada por el intendente, lo cual se cree que atenta contra la necesidad de dotar de independencia funcional y de imparcialidad al juez designado. Otro tanto generó lo referido a los deberes del magistrado, en especial el artículo que hace referencia a la obligación que tendrá de permanecer en su despacho como mínimo doce horas semanales, lo cual se contradice con otra parte de la misma ordenanza que fija que en los días hábiles administrativos el despacho estará abierto seis horas, es decir treinta horas por semana.
También fue muy cuestionada la disposición relativa a la conformación del Juri de Enjuiciamiento, encargado del juzgamiento y eventual remoción del Juez de Faltas, ya que establece que se integrará, entre otros, por dos abogados inscriptos en el Registro de Reemplazantes, lo que se considera ética y legalmente incompatible, ya que se podrían ver tentados a votar por el apartamiento del juez a quien pretenden reemplazar en el cargo.
Entre las sanciones previstas, la polémica ordenanza le confiere al Juez de Faltas la facultad de aplicar arrestos, pese a que varios de los concejales consideran que esta disposición podría ser calificada de inconstitucional y le traería serios perjuicios al municipio, en caso de tener que indemnizar a personas que presenten amparos por esa situación.
(Uno)

